Por qué existe el Programa Protegido del Ministerio de Salud Pública

Por Teresa Martéz
El Artículo 61 de la constitución de la República Dominicana dice: Toda persona tiene derecho a la salud integral. En consecuencia: 1) El Estado debe velar por la protección de la salud de todas las personas, el acceso al agua potable, el mejoramiento de la alimentación, de los servicios sanitarios, las condiciones higiénicas, el saneamiento ambiental, así como procurar los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita a quienes la requieran;
Casi 10,000 pacientes están recibiendo medicamentos por el programa protegido desde sus inicios, y yo soy una de ellas.
Enfermedades Como el cáncer (próstata, mama, pulmón, linfoma, leucemia, hígado) Artritis Reumatoide, Lupus, Esclerosis Múltiple, renales, trasplantados, hepatitis, y más.
Mi tratamiento cuesta RD$362,000.00 pesos las dos dosis que me in-fusionan cada 10 meses; hay medicamentos para la AR que cuestan 48,000.00 pesos mensuales, 37,000.00 y así; qué familia con un sueldo promedio puede costear estos tratamientos?
Qué ser humano aunque gane 200,000.00 pesos mensuales (que es la minoría muy mínima) puede pagar 50 mil pesos mensuales o más. (Los hay más caros, mucho más)
Una sociedad con dificultades para resolver problemas básicos de salud, ¿cómo va a arreglárselas con la imparable marcha de las enfermedades catastróficas? y con la implementación de un débil sistema de seguridad social que no se corresponde entre lo que plantea y lo que ejecuta. En otras palabras, buena teoría, mala práctica.
En ausencia de un adecuado sistema de seguridad social y salud, ¿cómo recibirá la población la asistencia requerida a largo plazo? ¿Cómo podrá reducirse el impacto de las enfermedades de alto costo si no es con un programa destinado a la solución de un problema mayor?
La ley 87-01 establece en su Artículo 38 que “El Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos.”. Y ello lo garantiza a través del Artículo 42 cuando establece que “Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica, moral y a vivir sin violencia. (...)”
En su Artículo 5 les da a todos los ciudadanos dominicanos y extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional, la titularidad “del derecho a la promoción de la salud, prevención de las enfermedades y a la protección, recuperación y rehabilitación de su salud y preservación del medio ambiente, sin discriminación alguna”.
La misma Ley no discrimina que las coberturas están basadas en ningún diagnóstico previo, sino que en su Artículo 129 establece que todos los ciudadanos tienen derecho al Plan Básico de Salud.
El programa protegido ha venido a ser la tabla salvadora que sostiene a los que estamos dentro del programa, tener acceso a tratamientos de calidad, que son los que mantienen la calidad de vida digna que tenemos derecho.
El estado está cumpliendo con los derechos de los ciudadanos, proporcionándonos la atención adecuada, respetando su dignidad, su derecho fundamental a la salud, rehabilitándola, sin discriminación.
Desde su promulgación hasta la fecha, la aplicación y alcance de la Ley 87-01 ha sido limitada en lo relativo a la atención de salud a los afiliados, la aplicación del PDSS da muy poca cobertura a las enfermedades de alto costo y complejidad, y en las pocas enfermedades cubiertas por el PDSS, esta protección es ineficiente, el financiamiento es parcial, lo que obliga a que pacientes y familiares ya en bancarrota, tengan que endeudarse más y más para lograr el tratamiento necesario para la persona que padece este tipo de enfermedad.
Y qué hacen? Recurren al programa protegido en busca de una solución que debe dar la seguridad social.
Los dos planes de coberturas (contributivo y subsidiado) están desactualizados, manteniendo prestaciones sin ningún valor clínico, mientras excluye métodos diagnósticos y terapéuticos de alto valor científico, que no necesariamente encarecen la atención y que mejoran la calidad de vida de los pacientes;
Aquí hay una solución a un problema que el estado tiene la potestad en ambos!
Irónico no?
Las fundaciones que trabajan con los pacientes de esas patologías hacemos veeduría en el programa, viendo los procesos, siendo participes del manejo de esos pacientes.
El programa protegido ha cumplido y llenado el vacío que la seguridad social ha provocado, estamos pendientes de lo que sucederá en los próximos días.
Y a mis amigos gurús de economía no me hablen de viabilidad financiera, porque yo les digo, cuánto vale la salud de tu hijo?, tu madre? Tu esposa? Es deber del estado de poner los recursos y que lleguen.
Ahora bien, en todo hay sus bemoles, un paciente que sabe que se va a morir con un medicamento de cien mil pesos y una familia desbaratada, qué crees que hará?
Un personal mal pago de un hospital manejando esos medicamentos?
Anomalías?
Siempre las habrá, pero mientras, pregúntennos, estamos satisfechos?


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